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ARTICULO 1°. Declárase de utilidad pública y de pago obligatorio por los vecinos frentistas beneficiarios de la obra de pavimentación de la calle 34 entre las de 4 y 5, conforme a la Ordenanza General N° 165/73. ARTICULO 2°: Autorízase a la Empresa "El Nochero S.A." a realizar la pavimentación directa entre los vecinos frentistas con el precio unitario de $ 150.- por metro cuadrado y un descuento por pago al contado del 16%, no reconociéndose variaciones de costos. ARTICULO 3°: La obra se realizará en un todo de acuerdo al pliego de bases y condiciones vigente para la obra "22 cuadras de pavimento de hormigón simple, Zona I - en la ciudad de 25 de Mayo", con la fiscalización de la Municipalidad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8° de la citada ordenanza. ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Dada y firmada en la sala de sesiones públicas del H. Concejo Deliberante a 8 días del mes de octubre de 1974.
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Aidor A. Stronatti - Secretario - Ricardo A. Sáenz - Presidente
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