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ARTICULO 1°. Declárase de utilidad pública y de pago obligatorio por los vecinos frentistas beneficiarios de la obra de pavimentación de las calles 6 entre las de 24 y 25; 10 entre las de 21 y 22; 11 entre las de 23 y 24; 23 entre las de 10 y 11 y bocacalles de 11 y 23, conforme a la Ordenanza General N° 165/73. ARTICULO 2°: Autorizar a la Empresa "El Nochero S.A." a realizar la pavimentación de las calles 6 de 24 a 25; 10 de 21 a 22; 11 de 23 a 24; 23 de 10 a 11; y bocacalle de 11 y 23, por contratación directa, entre los vecinos frentistas con el precio unitario de $ 115.- por metro cuadrado y un descuento por pago al cxontado de $ 17,20 % no reconociéndose variaciones de costos. ARTICULO 3°: La obra se realizará en un todo de acuerdo al pliego de bases y condiciones vigentes para la obra "22 cuadras de pavimento de hormigón simple, zona I - en la ciudad de 25 de Mayo", con la fiscalización de la Municipalidad de acuerdo con lo establecido en el artículo 8° de la citada ordenanza. ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. dada y firmada en la sala de sesiones públicas del H.C. Deliberante a 31 días del mes de mayo de 1974.
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Aidor A. Stronatti - Secretario - Ricardo A. Sáenz - Presidente.
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