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ARTICULO 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a contribuir con la suma de $ 20.000.- con la Socviedad de Fomento y Comisión Cooperadora de la Sala de Primeros Auxilios de la Localidad de San Enrique, jurisdicción de este Partido, para la adquisición del inmueble donde funcionará la farmacia del lugar, con obligación a cargo de las entidades beneficiadas de rendir cuenta detallada de la inversión del monto subsidiado que tendrá como único destino el fijado en este mismo artículo. ARTICULO 2°: Impútase la erogación que demande el cumplimiento del artículo anterior a la partida 1.2.3. Subsidio a entidades del sector privado, del presupuesto de gastos en vigencia. ARTICULO 3°: De forma. Dado y firmado en la sala de sesiones públicas del Honorable Concejo Deliberante a los 29 días del mes de diciembre de 1975.
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Aidor A. Stronatti - Secretario - Florencio Aizaguer - Presidente.
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