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Ordenanza Nº 1339/1975 Imprimir Correo electrónico
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
1339/1975
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1975-07-16

ARTICULO 1°: Declárase consolidada la deuda que mantienen los beneficiarios de las obras de pavimentación y repavimentación y los intereses o recargos devengados al 31/XII/74, capitalizándose los mismos.
ARTICULO 2°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a refinanciar la deuda existente que por obras de pavimentación o repavimentación realizads en la Cioudad de 25 de Mayo, mantienen los vecinos beneficiados con este municipaioy a formular convenios de pago con dinero al contado o a través del otorgamiento de plazos, de acuerdo al siguiente detalle:
1) Al contado: El vecino deberá abonar el importe de su deuda, determinada de acuerdo al artículo 1°, al 31 de diciembre de 1975, con un descuento del 5%. Este pago deberá realizarse hasta el 15 de agosto de 1975.
2) A plazos: hasta 5 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, a partir del 15 de qagosto del corriente año.
3) Hasta treinta (30) cuotas iguales, mensuales y consecutivas con el dos (2) por ciento de interés mensual sobre saldos. En todos los casos queda facultado el Departamento Ejecutivo otorgar un plan de pago acorde con el monto de la deuda.
ARTICULO 4°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a tomar los recaudos necesarios para obtener una amplia difusión de la presente ordenanza.
ARTICULO 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
Dada y firmada en la sala de sesiones públicas del H.C.Deliberante a 15 días del mes de julio de 1975.
Aidor A. Stronatti - Secretario - Florencio Aizaguer - Presidente Interino.
 

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