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Ref Expediente |
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1
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ARTICULO 1°: Modifícase el Artículo N° 20 de la Ordenanza N° 1205 del 21 de marzo de 1972 para el Partido de 25 de Mayo, el que quedará redactado así: "ARTICULO 2O°: La duración de la presente concesión se establece en veinticinco (25) años y "La Cooperativa" no podrá transferirla en parte o totalmente a ninguna otra entidad, sin expresa conformidad de "La Municipalidad"." ARTICULO 2°: Cúmplase, regístrese, publíquese.
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Carlos Antonio Banante - Secretario de Gobierno y Hacienda - Alberto Rogelio Criado - Intendente Municipal -
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