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51/1982
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ARTICULO 1°: Rectifíquese la Ordenanza N° 1507/81 en su artículo 2° en cuanto mencione la fecha del 21 de Diciembre de 1979 suscripto por las autoridades de esta Comuna y miembros de la Dirección de OBras Sanitarias de esta Provincia; debiéndose haber mencionado la fecha del 27 de Noviembre de 1979. ARTICULO 2°: Quede asentado que la fecha correcta de suscripción de Convenio es la del día 27 de Noviembre de 1979. ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese y archívese.
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Alberto Rogelio Criado - Intendente Municipal
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