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227/1982
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ARTICULO 1°: Apruébase el convenio suscipto entre el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la provincia de Buenos Aires y el Señor Intendente Municipal firmado el día 25 de Agosto de 1981 obrante a fojas trece /catorce del Expediente N° 2.406-3228 del Ministerio de Obras Públicas. El cual modifica la cláusula de financiación de la Obra Desagües Pluviales del Partido de 25 de Mayo, del aucerdo aprobado por Resolución V-n° 724/80 ARTICULO 2°: Quede establecido que el cincuenta por ciento que afrontará la Municipalidad se realizará en cuotas mensuales y consecutivas iguales al momento de efectuar cada depósito, según el incremento de la deuda que vaya provocando la propia ejecución. La Comuna tendrá mensualmente el monto de la deuda, según última certificación que la Dirección rovincial de Hidráulica le haya cursado y para obtener la suma de la cuota a abonar, la dividirá por número de meses que resta transcurrir para arribar a la fecha tope del 30 de Junio de 1986, en que la deuda deberá estar cancelada. ARTICULO 3°: Téngase presente que dichos pagos serán depositados en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, en la cuenta 229/7 Contaduria general, debiendo la misma comunicar todo depósito a la Dirección Provincial de HIdráulica. ARTICULO 4°: Hágase saber que la Municipalidad ha contraído el compromiso de que para el caso de que incurriera en incumlimiento de la obligación del reintegro mensual de fondos, en forma proporcional a la deuda contraída, en una mora de dos (2) meses, la Provincia afectará las sumas corespondientes a los ingresos Municipales que lo correspondan por el régimen de coparticipación. ARTICULO 5°: Regístrese, comuníquese, archívese.
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Alberto Rogelio Criado - Intendente Municipal
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