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293/1982
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Para el Partido de 25 de Mayo. DECLARANDO DE UTILIDAD PUBLICA Y PAGO OBLIGATORIO OBRA PAVIMENTACIÓN DE LA INTERCONEXION RUTA PROVINCIAL 46 CON ZONA SUR DEL PARTIDO EN LA CIUDAD DE 25 DE MAYO. ARTICULO 1°: Declárase de Utilidad Pública y Pago Obligatorio, para los propietarios y poseedores a título de dueños, de los inmuebles beneficiados, la ejecución de la obra de pavimentación de la Interconexión Ruta Provincial 46, con Zona Sur del Partido, en los tramos comprendidos por las calles 18 entre la de 19 y 27, y 19 entre la de 9 y 18, y que afectará a los inmuebles ubicados en el recorrido. ARTICULO 2°: El prorrateo del costo total de las obras a que se refiere el artículo anterior, se hará por frente, de acuerdo a los artículos 38° y 68° de la Ordenanza General N° 165. ARTICULO 3°: El pago de las obras, a cargo de los frentistas afectados, podrá efectuarse al contado o a plazos de acuerdo con lo establecido en el Artículo 45° de la Ordenanza general N° 165. ARTICULO 4°: Las obras se ejecutarán de acuerdo con las modalidades establecidas en el artículo 9° , incisos a) y e), de la Ordenanza General N° 165. ARTICULO 5°: A todos los efectos se estará de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza General N° 165. ARTICULO 6°: Cúmplase, publíquese, archívese.
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Alberto Rogelio Criado - Intendente Municipal
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