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449/1982
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ARTICULO 1°: Dónase al Estao Nacional Argentino on destino a la Empresa Macional de Correos y Telégrafos, el solar a que se refiere el artículo 1° de la Ordenanza N° 1539/82, promulgada por Decreto N° 281/82. ARTICULO 2°: Ratificar que la donataria deberá construir un edificio acorde con las necesidades del Partido en el término de tres (3) a contar del 22 de Junio de 1982, según se señala en el artículo 2° de la nombrada Ordenanza N° 1539/82 ARTICULO 3°:Comuníquese, a los interesados mediante remisión de copia de la presente Ordenanza. ARTICULO 4°: Cúmplase, publíquese, archívese.
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Alberto Rogelio Criado - Intendente Municipal
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