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123/1985
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ARTICULO 1°: Autorízase excepcionalmente a la Comisión Municipal de Carreras a disponer el producido por lo recaudado neto de las jornadas novena y décima de carreras que organice, del 20% (veinte por ciento) que, según el Artículo 9° de la Ordenanza Municipal N° 1633/84, está destinado para Rentas Generales de Municipalidad de 25 de Mayo, para ser destinado a la conclusión de obras emprendidas en el Hipódromo Municipal. ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. ARTICULO 3°: Cúmplase, regístrese, archívese.
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Cirilo M. Gómez - Secretario - Rodolfo E. Pérez Azumendi - Presidente.
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