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ARTICULO 1°: Facúltase al departamento Ejecutivo a llevar a cabo la ejecución de la obra de "Instalación de Alumbrado Püblico" en las calles adyacentes a la Chacra 128 - Fracción III, de la CIrcunscripción II de este Partido de 25 de Mayo, según proyectos y presupuesto elaborado a tal efecto por la D.E.B.A. local. ARTICULO 2°: Los gastos que para la provisión de la totalidad de los materiales de la obra demanden, serán soportados por exclusiva cuenta y cargo de los vecinos propietarios de las parcelas habidas en la fracción de chacra a que se hace referencia en el artículo anterior. ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. ARTICULO 4°: Cúmplase, regístrese, archívese.
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Cirilo M. Gómez - Secretario - Rodolfo E. Pérez Azumendi - Presidente.
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