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ARTICULO 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a llevar a cabo la construcción de un refugio peatonal, a erigirse en la intersección de las calles 14 y 36 de esta ciudad de 25 de Mayo. ARTICULO 2°: Cúmplase, regístrese, archívese. |
Cirilo M. Gómez - Secretario - Miguel Angel Borrego - Presidente.
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