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ARTICULO 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a llevar adelante la obra del alumbrado público de la Localidad de Valdés, de acuerdo a lo detallado en el Proyecto adjunto, que fuera elevado por la Cooperativa de Electricidad y Servicios Anexos Zona Sur del Partido de 25 de Mayo, y que suscintamente posee las siguientes características: a) Se dotará de alumbrado público con iluminación a vapor de gas de mercurio a cuarenta y dos (42) cuadras de esa localidad. b) El servicio contará con instalación de focos en bocacalles en el ejido urbano y con tres columnas en los descansos de cada cuadra del boulevar que se encuentra frente a las vías del ferrocarril.>BR>ARTICULO 2°: Queda facultado el D.E., por la presente Ordenanza, a ampliar la obra de alumbrado público en Valdés, ya sea extendiendo la misma o reforzando las cuadras existentes con mayor número de artefactos. ARTICULO 3°: Comuníquese, publíquese, archívese.
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Héctor Carlos Lance - Secretario "ad hoc" - Miguel Angel Borrego - Presidente.
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