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ARTICULO 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a renovar el Convenio suscripto con el Ministerio de Acción Social de la Provincia de Buenos Aires por la Municipalidad de 25 de Mayo con fecha 6 de Julio de 1985, y cuyo plazo vence el día 6 de Julio de 1986, el que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza. ARTICULO 2°: Cúmplase, regístrese, archívese.
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Cirilo M. Gómez - Secretario - Miguel Angel Borrego - Presidente.
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