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Ordenanza Nº 1746/1986 Imprimir Correo electrónico
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
1746/1986
1
1986-06-09

ARTICULO 1°: La presente Ordenanza tiene como motivo poner a disposición de frentistas de la Ciudad de Veinticinco de Mayo y de la localidad de Norberto de la Riestra el Plan Complementario de Pavimentación 1986/1987.
ARTICULO 2°: Cualquier grupo de frentistas especificados en el artículo anterior que deseen suscribirse al presente Plan, y representen la totalidad de los frentistas de, como mínimo, una cuadra a pavimentar, deberá presentar ante el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Veinticinco de Mayo, una solicitud donde se especifique:
a) Nombre o Razón Social de los solicitantes.
b) Cuadra o cuadras que representen y deseen incorporar al Plan.
c) Disponibilidades de pago de acuerdo a los valores vigentes a esa fecha para el metro cuadrado de pavimento.
ARTICULO 3°: El departamento Ejecutivo evaluará la presentación referida de acuerdo a las siguientes pautas:
a) importancia urbanística del sector a pavimentar
b) Coincidencia entre el sector a pavimentar solicitado y el área pavimentada y/o a pavimentarse por el Plan de Pavimentación 1986/1987
c) Necesidad de no violar la cuadratura de áreas pavimentadas o a pavimentarse.
d) Preferencias a solicitudes que involucren el pago contado anticipado de la obra.
e) Cobrabilidad óptima de los pagos en la cuadra o cuadras a pavimentarse.
ARTICULO 4°: A tenor de las pautas del Artículo 3°, en un plazo de treinta días, a partir de la fecha de la presentación de los frentistas, el Departamento Ejecutivo determinará su parecer sobre lo solicitado. En caso de acceder, éste suscribirá un convenio con los frentistas, especificándose en el mismo:
a) Condiciones y formas de pago.
b) Plazo de ejecución de los trabajos.
ARTICULO 5°: Una vez suscripto el convenio, éste será elevado al Honorable Concejo Deliberante y, desde su aprobación, pasará a incorporarse al Plan de Pavimentación 1986/1987.
ARTICULO 6°: En ningún caso las cuadras a incorporarse por al Plan Complementario de Pavimentación 1986/1987, alterarán el cronograma de las obras previstas por el Plan de Pavimentación 1986/1987, excepto causas de fuerza mayor que retarden la ejecución de trabajos en este último Plan de acuerdo a su formulación original.
ARTICULO 7°: Cúmplase, regístrese, archívese.
Cirilo M. Gómez - Secretario - Miguel Angel Borrego - Presidente.
 

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