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Ordenanza Nº 1899/1987 Imprimir Correo electrónico
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
1899/1987
1
1987-11-23
144/1987

ARTICULO 1°: Créase en la Ciudad de 25 de Mayo la CABINA SANITARIA a los efectos de dar cumplimiento a la inspección sanitaria de los productos alimenticios de origen animal que ingresen al Partido de 25 de Mayo. Dicha inspección determinará el estado de los mismos por medio del visado de Certificados Sanitarios Nacionales, Provinciales y/o Municipales y el control sanitario, incluyendo toma de muestras de carnes bovinas, ovinas, caprinas y porcinas (cuartos, medias reses, trozos) menudencias, chacinados, aves, huevos, pescados, mariscos, productos de la caza, leche y derivados lácteos que ellos amparen y que se introduzcan al consumo local, a los efectos de dar cumplimiento a la Ordenanza Impositiva de la Municipalidad - Capítulo VI, Artículo 37°.
ARTICULO 2°: Facúltase al Departamento Ejecutivo a ubicar la CABINA SANITARIA en lugares accesibles donde esta Municipalidad lo crea conveniente, implementando su construcción y/o emplazamiento en el término de noventa (90) días a partir de la sanción de la presente Ordenanza.
ARTICULO 3°: Facúltase al departamento Ejecutivo a reglamentar su funcionamiento y administración, incluyendo un horario mínimo de ocho (8) horas dentro de los días hábiles de administración municipal, y otros con carácter de excepción a efectos de un mejor aprovechamiento de los usuarios, así como la contratación del personal profesional, técnico y de administración necesarios.
ARTICULO 4°: A partir de la puesta en funcionamiento de la CABINA SANITARIA, todo producto de origen animal y sus derivados que no hubieran cumplido con el requisito de verificación, se hará pasible en cualquier lugar que se encuentre -locales de desarga y/o boca de expendio- de las sanciones previstas para la introducción clandestina al Partido de 25 de Mayo, según el Código de Faltas Municipales (Ley 8751) y disposiciones complementarias.
ARTICULO 5°: Cúmplase, regístrese, archívese.
Cirilo M. Gómez - Secretario - Miguel Angel Borrego - Presidente.
 

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