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149/1987
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ARTICULO 1°: Dónase al Instituto de la Vivienda y por su intermedio a la Provincia de Buenos Aires, el terren ubicado en el Ejido de la Ciudad de 25 de Mayo, designado Catastralmente como: Circunscripción I - Sección F - Quinta 112 - Parcela 5 - , con una superficie de 9.074,46 metros cuadrados. ARTICULO 2°: La donación de hace con cargo del Instituto de la Vivienda de construir con fondos del FO.NA.VI. un barrio de viviendas para personas necesitadas, dentro del plazo de cinco años, a partir de la fecha de sanción de la presente Ordenanza. ARTICULO 3°: En caso de incumplimiento de la presente por el Instituto, el dominio se revertirá automáticamente a la Municipalidad de 25 de Mayo, Pcia. de Buenos Aires, sin necesidad de gestión judicial, administrativa o particular alguna. ARTICULO 4°: Cúmplase, regístrese, archívese.
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Cirilo M. Gómez - Secretario - Miguel Angel Borrego - Presidente.
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