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Ref Expediente |
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172/1987
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ARTICULO 1°: Modifícase el Artículo 14° de la Ordenanza Municipal N 1753/86, el que quedará redactado de la siguiente forma: "Artículo 14°: UBICACION DE LAS PARADAS: Establécense las siguientes paradas obligatorias,m "siendo su espacio de estacionamiento de uso exclusivo de los automóviles de alquiler: "a) Ultimos cincuenta metros de la calle 27 entre 10 y 9, vereda izquierda de la Plaza Mitre. "b) Ultimos cincuenta metros de la calle 28 entre 9 y 10, vereda izquierda de la Plaza Mitre. "c) terminal de Omnibus: desde entrada de ómnibus por calle 28 hasta la esquina de 5 y 28. "d) Estación de Ferrocarril: Desde el porche de la Sala de Espera de la Estación en línea recta hasta la calle 36." ARTICULO 2°:Cúmplase, regístrese, archívese.
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Cirilo M. Gómez - Secretario - Miguel Angel Borrego - Presidente.
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