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Ref Expediente |
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1
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95/1988
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ARTICULO 1°: Apruébase en todos sus términos el Convenio suscripto entre la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de 25 de Mayo; el que como anexo forma parte de la presente; por el cual la Provincia otorga un préstamo a esta Comuna de hasta Australes Sesenta Mil (A 60.000,00), destinado a financiar obras básicas de equipamiento en el "Sector Industrial Planificado" de 25 de Mayo. ARTICULO 2°: El préstamo autorizado es cancelable en el plazo de noventa y seis (96) meses, con un período de gracia inicial de treinta y seis (36) meses, en cuotas semestrales iguales y consecutivas, con un interés del veinticuatro por ciento (24%) anual sobre saldos, pagaderos por períodos vencidos. El pago del primer servicio de interés deberá hacerse efectivo a los ciento ochenta (180) días de recibido cada uno de los importes transferidos. La amortización del Capital comenzará a hacerse efectiva a partir de los cuarenta y dos (42) meses de haberse efectivizado cada pago. (Art. 2, Convenio Anexo). ARTICULO 3°: En garantía del fiel cumplimiento de la obligación que contrae, la Municipalidad afecta los intereses tributarios provenientes de la coparticipación en impuestos provinciales. ARTICULO 4°: El Departamento Ejecutivo deberá prever en los futuros Presupuestos todas las Partidas necesarias para atender los servicios de amortización de intereses del préstamo hasta su cancelación. ARTICULO 5°: Cúmplase, regístrese, comuníquese, archívese.
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Cirilo M. Gómez - Secretario - Roberto Oscar Oribe - Presidente.
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