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182/1990
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ARTICULO 1°: Convalídase el Convenio firmado entre la Dirección Provincial de Hidráulica del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provicncia de Buenos Aires y las Municipalidades de Nueve de Julio y Veinticinco de Mayo, el cual regirá la forma y condiciones en que se ejecutará el relevamiento topográfico, estudio y proyecto ejecutivo de la obra: "Canalización escurrimiento al Sur de Ruta Nacional N° 5, cuenca 2, Arroyo El Gato, 4ta. etapa, desde vías F.C.G.B., Ramal Ortiz de Rosas/Morea, Km. 220 hasta proximidades Estación Santos Unzué, Partido de 9 de Julio", el que como anexo único pasa a formar parte integrante de la presente. ARTICULO 2°: Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones e imputaciones presupuestarias que sean menester para el cumplimiento de la presente Ordenanza. ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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Cirilo M. Gómez - Secretario - Miguel Angel Di Salvo - Presidente
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