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172/1990
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ARTICULO 1°: Convalídase el Convenio firmado entre el Instituto del Emleo de la Provincia de Buenos Aires; en adelante el I.P.E. y la Municipalidad de 25 de Mayo, por el cual dicho convenio se formula en el marco de las dos líneas centrales de acción de Gobierno de la Provincia: -1) descentralización y fortalecimiento municipal y, 2) Promoción de la cultura del trabajo y la generación de empleo; cuyo texto como anexo único pasa a formar parte integrante de la presente. ARTICULO 2°: El presente Convenio se tornará operativo dentro del área de la Secretaría de Acción Social con el personal existente en la misma. ARTICULO 3°: En caso de ser necesario, facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones e imutaciones presupuestarias que sean menester para el cumplimiento de la presente Ordenanza. ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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Cirilo M. Gómez - Secretario - Miguel Angel Di Salvo - Presidente.
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