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75/1990
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ARTICULO 1°: Apruébase el convenio firmado entre la Dirección Provincial de Hidráulica dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, y la Municipalidad de 25 de Mayo, que regirá la forma y condiciones en que se ejecutará al estudio y definición de obra a realizar en la "Laguna Mulitas", ubicada en jurisdicción del Partido de 25 de Mayo, cuyo texto como anexo único, forma parte de la presente Ordenanza y que ya firmado por el Sr. Intendente Municipal adquirirá ejecutoriedad una vez que sea firmado por el Sr. Director Provincial. ARTICULO 2°: Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones e imputaciones presupuestarias que fueren menester para el cumplimiento del presente Convenio. ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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Cirilo M. Gómez - Secretario - Miguel Angel Di Salvo - Presidente
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