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24/1993
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ARTICULO 1°: Fíjase en la suma de Pesos Ciento Treinta ($ 130,00), por única vez, el importe correspondiente a la ayuda preescolar y secundaria, respectivamente, aplicables en el ámbito municipal y que serán aqbonadas con los haberes de abril de 1993. ARTICULO 2°: Impútese el gasto que origine el cumplimiento del artículo anterior a las siguientes partidas del Presupuesto de erogaciones prorrogado en vigor: Finalidades: 1.2.1. "ADMINISTRACION GENERAL" . 2. ítems 1.2.3. "SALUD PUBLICA". 3. ítems 1.2. "SERVICIOS ESPECIALES URBANOS" 4."INFRAESTRUCTURA VIAL".5.ítems 1.2.3."ACCION SOCIAL".6. "PROMOCION ECONOMICA". 1.1.1.3.4. "SUBSIDIO FAMILIAR". ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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Oscar Atilio Baquini - Secretario Legislativo - Carlos Emilio Mosconi - Presidente.
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