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192/1996
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ARTICULO 1°: Ratifícase en todas sus partes el convenio celebrado entre la Municipalidad de 25 de Mayo y la Cooperativa de Electricidad y Servicios Anexos de la Zona Sur del Partido de 25 de Mayo Ltda. con fecha 4 de Noviembre de 1996, por la cuál la Municipalidad autoriz a la Cooperativa prestadora del servicio, al cobro de la tasa de Alumbrado Público Municipal en las localidades de Valdés, San Enrique y Mosconi en los casos en que se especifican, el que como "Anexo 1" pasa a formar parte integrante de la presente. ARTICULO 2°: El Departamento Ejecutivo dispondrá, de ser el caso, por vía reglamentaria, las condiciones, recaudos y alcances necesarios para la aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza, que tendrá validez una vez incorporados sus alcances a la Ordenanza Impositiva N° 2274/93 y sus modificatorias. ARTICULO 3°: Facúltase al Departamento a efectuar, de ser necesario, las adecuaciones presupuestarias derivadas de la aplicación de la presente Ordenanza. ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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Juan Carlos D' Carlo - Secretario Legislativo - Dr. Julio César Unanue - Presidente
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