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52/1996
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ARTICULO 1°: Compénsense los excesos en las partidas del Presupuesto de Gastos del Ejercicio 1995, que se detallan en el Anexo I, que forma parte de la presente Ordenanza, en la suma de Pesos Un millón ciento veinticuatro mil novecientos cuarenta y dos con cincuenta y cinco centavos ( $ 1.124.942,55). ARTICULO 2°: La compensación que se dispone en el artículo anterior,se financiará con economías de partidas del Presupuesto de Gastos del Ejercicio 1995, según detalle que surge del Anexo II, que integra la presente Ordenanza, por la suma de Pesos Un millón ciento veinticuatro mil novecientos cuarenta y dos con cincuenta y cinco centavos ( $ 1.124.942,55). ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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Juan Carlos D' Carlo - Secretario Legislativo - Dr. Julio César Unanue - Presidente
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