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159/1997
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ARTICULO 1°: Convalídase el convenio celebrado entre la Municipalidad de 25 de Mayo y la Unidad de Generación del Empleo ("U.G.E.") en el marco del Plan de Generación de Empleo, a través del cual se llevará a cabo la construcción de 25 cuadras de pavimento de hormigón simple, ubicadas en la localidad de NORBERTO DE LA RIESTRA, con utilización intensiva de Recursos Humanos, cuyas cláusulas y condiciones quedan establecidas en el mismo, el que se agrega como Anexo y pasa a formar parte integrante de la presente Ordenanza. ARTICULO 2°: Convalídase el Convenio celebrado oportunamente entre la Municipalidad de 25 de Mayo y la Cooperativa Eléctrica Limitada de Norberto de la Riestra, por el cual se acuerda la ejecución de 25 cuadras de pavimento en la Localidad de Norberto de la Riestra, declaradas de utilidad pública y pago obligatorio por Ordenanzas Números 2301/94 y 2495/97 , cuya s cláusulas y condiciones quedan establecidas en el mismo, el que se agrega como Anexo y pasa a formar parte integrante de la presente Ordenanza. ARTICULO 3°: Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar las imputaciones, adecuaciones y/o modificaciones presupuestarias que sean menester para su cumplimiento. ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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Oscar Atilio Baquini - Secretario Legislativo - Julio César Unanue - Presidente
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