|
1
|
|
36/1997
|
ARTICULO 1°: Convalídanse los Convenios celebrados entre la Municipalidad de 25 de Mayo y la Unidad de Generación del Empleo ("U.G.E.") con fecha 11 de Diciembre de 1996 y el modificatorio de fecha 11 de Febrero de 1997, en el marco del Plan de Generación de Empleo, a través de los cuales se llevará a cabo la construcción de 90 cuadras de pavimento de hormigón simple, ubicados en la Ciudad de 25 de Mayo, con utilización intensiva de Recursos Humanos, cuyas cláusulas y condiciones quedan establecidas en los mismos los que se agregan como Anexo y pasan a formar parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 2°: Convalídase el Convenio celebrado oportunamnete entre la Municipalidad de 25 de Mayo y la Cooperativa Eléctrica, Telefónica, Agua Potable y Otros Servicios Públicos de Pedernales Limitada, por el cual se acuerda la ejecución de 34 cuadras de pavimento en la LOcalidad de Pedernales, declaradas de Utilidad Pública y Pago Obligatorio por el Honorable Concejo Deliberante, cuyas cláusulas y condiciones quedan establecidas en el mismo, el que se agrega como Anexo y pasa a formar parte de la presente Ordenanza.
ARTICULO 3°: Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar las imputaciones, adecuaciones y/o modificaciones presupuestarias que sean menester para su cumplimiento.
ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
|
Juan Carlos D'Carlo - Secretario Legislativo - Julio César Unanue - Presidente
|