|
1
|
|
07/1998
|
ARTICULO 1°: Desígnase con el nombre de "Doctor Pedro Antonio Bermúdez" a la Unidad Sanitaria de la Localidad de Pedernales. ARTICULO 2°: La designación del centro de salud de esta Localidad con el nombre del Dr. Pedro Antonio Bermúdez, es un reconocimiento a la destacada labor desarrollada por este profesional que dedicó gran parte de su vida a garantizar la salud de los habitantes de esta Localidad como así también de las zonas rurales. ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
|
Oscar Atilio Baquini - Secretario Legislativo - Julio César Unanue - Presidente
|