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122/2000
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ARTICULO 1°) - Convalídase el convenio celebrado "ad referendum" del Honorable Concejo Deliberante, entre la Municipalidad de 25 de Mayo, representada en ese acto por el Sr. Intendente Municipal D. Mariano Horacio GRAU, por una parte, y la Cooperativa Eléctrica Limitada de Norberto de la Riestra, Partido de 25 de Mayo, representada por su Presidente Dr. Carlos Alberto SEGRETTI y su Secretario Sr. Mario Rainaldo PERALTA, en adelante "La Cooperativa" por la otra, por el cual las partes se comprometen a realizar en forma conjunta, de acuerdo a las pautas del convenio, la ILUMINACION DE LA PLAZA INDEPENDENCIA DE NORBERTO DE LA RIESTRA, cuyas cláusulas y condiciones quedan establecidas en el mismo, el que se agrega como anexo único y pasa a formar parte integrante de la presente Ordenanza. ARTICULO 2°) - Acéptase la donación sin cargo ni condición alguna a favor de esta Municipalidad, de las obras y materiales a cargo de la "Cooperativa", las que pasarán a formar parte del dominio municipal. ARTICULO 3°) - Facúltase al Departamento Ejecutivo a imputar la erogación que demande el cumplimiento del artículo anterior a la siguiente partida del presupuesto en vigencia: 2.3.2.1.1.02.20.00.0.0. "ALUMBRADO PUBLICO - OBRAS PUBLICAS A DISCRIMINAR". ARTICULO 4°) - Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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Arq. Luis Arturo Fallet - Secretario Legislativo - Dr. Guillermo Horacio Faviano - Presidente
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