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74/2000
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ARTICULO 1°) - Procédase a establecer y habilitar el CEMENTERIO PUBLICO MUNICIPAL en la Localidad de PEDERNALES, Partido de 25 de Mayo. ARTICULO 2°) - El Departamento Ejecutivo efectuará el proyecto de parquización y adecuación del terreno y la reglamentación final para el efectivo cumplimiento de esta Ordenanza. ARTICULO 3°) - Los gastos que demande el cumplimiento de la presente serán imputados a la partida presupuestaria OBRAS PUBLICAS A DISCRIMINAR. ARTICULO 4°) - Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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Guillermo Ismael Andrada - Secretario - Dr. Guillermo Horacio Faviano - Presidente
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