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01/2001
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ARTICULO 1°) - Autorízase al Departamento Ejecutivo a disponer la restricción del tránsito de vehículos automotores en la calle 9 de nuestra localidad, a los fines de su utilización como paseo público peatonal y para la realización de espectáculos públicos de interés municipal en dicho lugar. ARTICULO 2°) - La determinación de los días y horarios de esta restricción al tránsito vehicular, como así también la ubicación de esta modalidad de uso de dicha vía pública será facultad del Departamento Ejecutivo Municipal. ARTICULO 3°) - Comuníquese al Departamento Ejecutivo y archívese.
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Arq. Luis Arturo Fallet - Secretario Legislativo - Dr. Guillermo Horacio Faviano - Presidente
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