|
1
|
|
140/2002
|
ARTICULO 1°) - Incorpórase como Artículo 4° bis el siguiente: "Artículo 4° bis: Exceptúase a los agentes municipales no profesionales y cargos no funcionales del Ente Descentralizado Hospital "Saturnino Unzué" de lo dispuesto en el Artículo 3°, Incisos c) y d) de la Ordenanza N° 2690/2001, quienes cobraran sus salarios junto con los incluidos en el disquette N° 3". ARTICULO 2°) - Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
|
Mario César Farace - Secretario Legislativo - Dra. Gloria Mabel Argañaraz - Presidente
|