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Ordenanza Nº 2730/2002 Imprimir Correo electrónico
Código Tipo Fecha Ref Expediente Cuerpo     Firma
2730/2002
1
2002-09-10
76/2002

ARTICULO 1°) - Créase un Dispensario en el área conocida como Barrio FONAVI, donde se brinde gratuitamente asistencia y medicamentos a enfermos indigentes.
ARTICULO 2°) - La ubicación, el desarrollo del proyecto y la posterior construcción del mismo, estarán a cargo del Departamento Ejecutivo en el área correspondiente.
ARTICULO 3°) - El Dispensario dependerá del Ente Descentralizado Hospital "Saturnino E. Unzué", por lo tanto, los insumos y los profesionales serán derivados por el mismo.
ARTICULO 4°) - Facúltase al Departamento Ejecutivo a estimular a los habitantes de la zona, para la conformación de una Comisión de Apoyo, tendiente a la creación de lo especificado en el Artículo 1°, con todas las atribuciones necesarias para constituirse, hacer el Reglamento y comenzar a funcionar.
ARTICULO 5°) - Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Mario César Farace - Secretario Legislativo - Dra. Gloria Mabel Argañaraz - Presidente
 

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