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86/2006
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ARTÍCULO 1º.- Convalídase el Convenio celebrado entre el Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Veinticinco de Mayo, por el cual el Ministerio otorga un subsidio y la Municipalidad se obliga a destinarlo al Plan denominado Forrajero, el que se agrega como Anexo I y pasa a formar parte integrante de la presente Ordenanza. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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Ernesto Raúl Ibarra - Secretario Legislativo - Mario Celerino Núñez - Presidente.
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