|
1
|
|
08/2006
|
ARTÍCULO 1º.- El Departamento Ejecutivo implementará en forma permanente los controles de tránsito en Ruta 109-01 (Camino al Sur). Con el fin de ordenar el transporte que por allí transita, como así también el peso reglamentario que deben respetar los transportistas a fin de resguardar la vida útil de la cinta asfáltica. ARTÍCULO 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias a fin de dar el efectivo cumplimiento de la presente Ordenanza. ARTÍCULO 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a los treinta (30) días de su promulgación. ARTÍCULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
|
Ernesto Raúl Ibarra - Secretario Legislativo - Mario Celerino Núñez - Presidente
|