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81/2007
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ARTÍCULO 1º.- Convalídase el Convenio de Unidades de Desarrollo Infantil -Modalidad Centros de Atención Integral- celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires y esta Municipalidad, por la subvención de atención gratuita de niños de ambos sexos, de 2 a 5 años de edad, provenientes de familias con riesgo ambiental que necesiten de este aporte para atender a la formación y crianza de sus hijos, hasta tanto pueda efectuarse la conversión de las diferentes modalidades de los ex emprendimientos de cuidado infantil, a Centros de Atención Integral (C. A. I.), continuarán funcionando los Comedores Infantiles (C. I.), Guarderías (G. U.), Casas Solidarias (C. S.) y Acciones Nutricionales Familiares (A. N. F.), con sus cláusulas y condiciones, el que se agrega como Anexo Único y pasa a formar parte integrante de la presente. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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Ernesto Raúl Ibarra - Secretario Legislativo - Mario Celerino Núñez - Presidente.
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