Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 10 de Noviembre de 2008
Artículo 1º: Convalidase en todos sus términos el Decreto Nº 390/2008, del Departamento Ejecutivo, dictado “ad-referendum” del Honorable Concejo Deliberante, por el cual se otorga una bonificación remunerativa no bonificable al personal encuadrado dentro de la Carrera Medico Hospitalario del Ente Descentralizado Hospital “Saturnino E. Unzué”, a partir del 1º de septiembre de 2008, que se anexa y pasa a formar parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Ernesto Raúl Ibarra Secretario Legislativo H.C.D. 25 de Mayo
|
Mario Celerino Nuñez Presidente H.C.D. 25 de Mayo
|
|