Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 24 de Agosto de 2009
Artículo 1º: Convalídase el Convenio de Ejecución del Convenio Marco celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Veinticinco de Mayo, a efectos de incorporar en la implementación del Servicio Alimentario Familiar de la Provincia de Buenos Aires a “EL MUNICIPIO”, con sus cláusulas y condiciones, el que se agrega como Anexo I y pasa a formar parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Ernesto Raúl Ibarra Secretario Legislativo H.C.D. 25 de Mayo
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Mario Celerino Nuñez Presidente H.C.D. 25 de Mayo
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