Modifica el Artículo 10° de la Ordenanza N° 2729/2002 y Modificada por la Ordenanza N° 3145/2012
Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 14 de Junio de 2010
Artículo 1º: Modifíquese el Artículo 10º de la Ordenanza Nº 2729/2002, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 10º: A los efectos de disminuir en el tiempo la población canina, el Departamento Ejecutivo desarrollará planes permanentes, sistemáticos y gratuitos de esterilización quirúrgicas de perros. A dicho efecto podrá promover convenios con el Colegio de Veterinarios de la Provincia de Buenos Aires (Distrito X); la Universidad Nacional de La Plata y/o con cualquier otra Institución o profesional de la Medicina Veterinaria que pueda facilitar la consecución del objetivo propuesto.”
Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Ernesto Raúl Ibarra Secretario Legislativo H.C.D. 25 de Mayo
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Héctor Hugo Ambrosino Presidente H.C.D. 25 de Mayo |
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