Sesión Pública Ordinaria celebrada el día 11 de Julio de 2016
REF. EXPTE. Nº 121/2016
Artículo 1º:Reemplácese el Artículo N° 133 de la Ordenanza Fiscal e Impositiva (Ordenanza N° 3246/2016) por el texto que a continuación se detalla:
Artículo 133º: –Las Bonificaciones se establecen:
a) En un 20 % por ciento sobre el monto de la cuota a vencer para las Tasas por Limpieza y Conservación de la Vía Pública, para la Tasa por Servicios Sanitarios, para la Tasa por Seguridad e Higiene, para las cuotas 04 y 05 del Año 2016.
b) En un 30 % sobre el monto de la cuota a vencer para la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial, para las cuotas 04 y 05 del Año 2016.
c) En un 25 % sobre el monto de la cuota a vencer para las Tasas por Limpieza y Conservación de la Vía Pública, para la Tasa de Servicios Sanitarios, para la Tasa de Seguridad e Higiene y para la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial, a partir de la cuota N° 6.
d) En un 25 % para todas las Tasas, en caso de abonarse en forma anual y anticipada.
Artículo 2º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
Cecilia Vanesa Pezzelatto
Secretaria Legislativa
H.C.D. 25 de Mayo |
Diego Miguel Di Salvo
Presidente
H.C.D. 25 de Mayo |
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