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Artículo 1°: Recábese del Departamento Ejecutivo, que a la mayor brevedad se inofrme al Honorable Concejo Deliberante el monto de la deuda Municipal con especificación de Concepto de la misma. Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
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Ignacio Quiroga Hijo - Secretario Legislativo - Vicente J. Fortain - Presidente
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