|
|
65/2000
|
ARTICULO 1°) - El Honorable Concejo Deliberante del Partido de 25 de Mayo solicita al IOMA de la Provincia de Buenos Aires, que se arbitren los medios a los efectos de que las recetas y prácticas médicas que necesiten la aprobación del Instituto, se resuelvan directamente en las cabeceras de los Partidos donde exista auditoría médica para evitar las demoras a la que se ven sometidos actualmente y contemplar las necesidades de las emergencias de los pacientes afiliados. ARTICULO 2°) - Comuníquese al Ministro de Salud Pública de la Provincia de Buenos Aires y a la Honorable Cámara de Senadores, a la Honorable Cámara de Diputados y a los demás Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires solicitando su adhesión. ARTICULO 3°) - Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante de Lincoln y al Departamento Ejecutivo.
|
Guillermo Ismael Andrada - Secretario - Dr. Guillermo Horacio Faviano - Presidente
|