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Ref Expediente |
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158/2006
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ARTÍCULO 1º.- Solicita al Departamento Ejecutivo, que el cincuenta por ciento (50%) de lo producido en la Bloquera Municipal, sea destinado a los vecinos que justifiquen, previo relevamiento por parte de la Secretaría de Desarrollo Social, la necesidad imperiosa de reconstruir sus viviendas. ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo
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Ernesto Raúl Ibarra - Secretario Legislativo - Mario Celerino Núñez - Presidente.
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