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Ref Expediente |
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128/2000
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ARTICULO 1°) - El Departamento Ejecutivo informará a este Honorable Cuerpo en el término de 10 días lo siguiente: a) En que condiciones de uso se encuentra funcionando actualmente el boufette e instalaciones del Club Social de 25 de Mayo, cedido en comodato al Municipio mediante Ordenanza N° 2638/00. b) Informar si la explotación del mismo es por cuenta del Municipio, Dirección de Cultura, CRUV, o por algún otro órgano de la órbita Municipal. c) De darse alguno de los supuestos del apartado b) remitir copia del decreto correspondiente. d) Informar si la explotación de boufette e instalaciones ha sido adjudicada a terceros, y en este caso remitir lo siguiente: 1) Copia del llamado a licitación, pliego de Bases y Condiciones y del Decreto de adjudicación. 2) Copia del Contrato. 3) Copia de la habilitación Municipal. ARTICULO 2°) - El Departamento Ejecutivo informará si las autoridades del Club Social, han sido informadas fehacientementes del uso de sus instalaciones, en actividades que transgreden normas estipuladas en el Contrato de Comodato firmado oportunamente. ARTICULO 3°) - Hasta tanto no se aclare el presunto incumplimiento de la Ordenanza N° 2638/00 por parte del Departamento Ejecutivo, se solicita al mismo no innovar respecto al uso de las instalaciones del Club Social de 25 de Mayo, suspendiendo cualquier tipo de autorización otorgada sin aprobación de este Honorable Concejo Deliberante. ARTICULO 4°) - Comuníquese al Departamento Ejecutivo. |
Arq. Luis Arturo Fallet - Secretario Legislativo - Dr. Guillermo Horacio Faviano - Presidente |
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