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Artículo 1°: Déjase sin efecto la licitación verificada el día 27 de septiembre de 1941 correspondiente a las obras de ampliación de la Sala de Prinmeros Auxilios de Norberto de las Riestra. Artículo 2°: Facúltase al Departamento Ejecutivo para proceder a la devolución de los depósitos de garantia efectuados por los señores constructores que participaron de la citada licitación. Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Artículo 4°: DADA Y FIRMADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS 18 DIAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS.
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Bernardo Reimundo Roberts - Secretario Legislativo - Vicente J. Fortain - Presidente
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