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ARTICULO 1°: Autorízase a la Cooperativa Eléctrica de Norberto de la Riestra a incrementar en m$n 2.- el facturado de los usuarios por K.W.H. el cual quede fijado en m$n 18.- ARTICULO 2°: Este aumento regirá desde el 17 de Diciembre de 1966. ARTICULO 3°: Cúmplase, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y a sus efectos vuelva a la Municipalidad recurrente. ARTICULO 4°: DADA Y FIRMADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS 28 DIAS DE DICIEMBRE DE 1966.
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Sin firma
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