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ARTICULO 1°: Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación losa inmuebles de quienes resultaren sus dueños, designados catastralmente como: PARCELA 1 - Circunscripción I - Sección F - Quinta 112 - Parcela I - Superficie de 9.074,46 m2. (nueve mil setenta y cuatro con cuarenta y seis decímetros cuadrados) PARCELA 2 - Circunscripción I - Sección F - Quinta 112 - Parcela 2 - Superficie 4.537m 2338 m2. (cuatro mil quinientos treinta y siete metros con dos mil trescientos treinta y dos centímetros cuadrados) PARCELA 3 - Circunscripción I - Sección F - Quinta 112 - Parcela 3 - Superficie 4.537,2338 m2. (cuatro mil quinientos treinta y siete metros con dos mil terscientos terinta y dos centímetros cuadrados) PARCELA 4 - Circunscripción I - Sección F - Quinta 112 - Parcela 4 - Superficie 9.074,46 m2. (Nueve mil setenta y cuatro metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados) PARCELA 5 - Circunscripción I - Sección F - Quinta 112 - Parcela 5 - Superficie de 9.074,46 m2. (Nueve mil setenta y cuatro metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados) ARTICULO 2°: Establácese que el citado inmueble será afectado al Plan de Viviendas "Alborada" u otros nacionales y/o provinciales, destinados a la construcción de la vivienda propia. ARTICULO 3°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a peticionar ante las entidades provinciales o en su defensa ante los organismos crediticios nacionales y/o provinciales , los fondos necesarios para cubrir la erogación que demande el cumplimiento del artículo 1°. ARTICULO 4°: Todas las erogaciones que fueran necesarias para los pasos previos al cumplimiento de la presente ordenanza, se tomarán de la cuenta Inmuebles - Carácter I - Finalidad I - Sección II - Sector 5 - Inciso I - Partida Principal 5 - del presupuesto de gastos en vigencia. ARTICULO 5°. Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos. Dado y firmado en la sala de sesiones públicas del Honorable Concejo Deliberante a 10 días del mes de julio de 1974.
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Aidor A. Stronatti - Secretario - Ricardo A. Sáenz - Presidente
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