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Ref Expediente |
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1
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133/1987
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ARTICULO 1°: Declárase de Utilidad Pública, sujeto a expropiación, al inmueble ubicado en el Partido de Veinticinco de Mayo, cuya Nomenclatura Catastral es: Circunscripción II - Sección B - Chacra 180 -, a fin de destinarlo a ampliación del Sector Industrial Planificado de Veinticinco de Mayo. ARTICULO 2°: Notífíquese del tenor de la presente Ordenanza al registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires y a la Dirección de Industria de la Provincia de Buenos Aires. ARTICULO 3°: Facúltase al departamento Ejecutivo a llevar adelante todas las gestiones necesarias para obtener la expropiación referida en el Artículo 1°. ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese, archívese.
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Cirilo M. Gómez - Secretario - Miguel Angel Borrego - Presidente.
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