|
1
|
|
156/1995
|
ARTICULO 1°: Convalídase en todos sus términos el convenio celebrado oportunamente entre la Municipalidad de 25 de Mayo representada en ese acto por el Sr. Intendente Municipal Dr. Miguel Angel Di Salvo, por una parte; y la "Unidad Ejecutora y Coordinadora del Programa Familia Propietaria" (Decreto N° 2510/94) de la Provincia de Buenos Aires, representada por el Sr. Presidente Dn. Santiago Aníbal Maggiotti, en adelante "la Unidad Ejecutora", por la otra; el cual tiene por finalidad dar soluciones habitacionales dignas a los habitantes del Partido de 25 de Mayo, mediante el acceso a un lote de terreno propio con la asistencia del Estado Provincial, de acuerdo con una planificación racional y políticas de desarrollo y crecimiento urbano proyectadas en forma conjunta con la Municipalidad, el que se agrega como anexo único y pasa a formar parte intergante de la presente con las cláusulas y condiciones establecidas en el mismo. ARTICULO 2°: Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar las imputaciones, adecuaciones y/o modificaciones presupuestarias que sean menester para su cumplimiento. ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
|
Oscar Atilio Baquini - Secretario Legislativo - Carlos Emilio Mosconi - Presidente
|