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115/1996
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ARTICULO 1°: El Departamento Ejecutivo procederá a realizar la señalización vial vertical y horizontal sobre las calles Lugones, Calfucurá, Belgrano, Camarano, y Boulevard Cabral de la localidad de Norberto de la Riestra. ARTICULO 2°: El tipo y calidad de la señalización se regirá por las normas de señalización viales en vigencia. ARTICULO 3°: La cantidad y ubicación de la señalización completada en esta Ordenanza se detallan en un croquis que pasa a ser parte integrante de la misma. ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
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Juan Carlos D' Carlo - Secretario Legislativo - Dr. Julio César Unanue - Presidente
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